El ejercicio de la actividad de taller mecánico y los derechos específicos que, en este ámbito, se establecen en protección de los consumidores y usuarios están recogidos en el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles de sus equipos y componentes.
1. Sobre el derecho de admisión
La normativa recoge un derecho de admisión de manera que los talleres deben atender a los usuarios siempre que las peticiones se presenten dentro de su horario de atención al público. Adicionalmente, si se trata de actuaciones cubiertas por garantía deben atender al consumidor o usuario sin retraso.
Además, los talleres oficiales de una marca determinada pueden reservarse el derecho a no atender vehículos de otras marcas.
2. Sobre el resguardo de depósito
Siempre que el vehículo se quede en depósito, ya sea para elaborar presupuesto ya para su reparación, el taller debe entregar al usuario un resguardo acreditativo del depósito del vehículo. El presupuesto, debidamente firmado por el taller y el usuario puede hacer las veces de resguardo.
En el resguardo debe constar la identidad del taller y del usurario, identificarse el vehículo indicando el número de kilómetros recorridos, el objeto del depósito (reparación o presupuesto) y, en su caso, una descripción breve de las reparaciones a efectuar junto con sus importes, si son conocidos. Debe igualmente constar la fecha de entrega prevista y estar firmado por usuario y taller.
El resguardo del depósito sirve igualmente para recoger el vehículo una vez terminadas las reparaciones. En caso de extravío del resguardo el taller puede pedir al usuario que se identifique por otros medios.
El taller en ningún caso podrá usar el vehículo dejado en reparación para para usos propios o de terceros sin permiso expreso del propietario.
3. Sobre el presupuesto
El taller debe entregar por escrito al consumidor o usuario un presupuesto detallado de las reparaciones a realizar que tendrá necesariamente una validez mínima de 12 días hábiles.
Además de la identificación del taller y del usuario, el presupuesto debe identificar el vehículo indicando el número de kilómetros recorrido, concretar las reparaciones a efectuar y los elementos que se van a sustituir, el precio total desglosado y la fecha de entrega prevista una vez reparado.
4. Sobre la aparición de nuevas averías tras el examen del vehículo
Es posible que un examen a fondo del vehículo arroje la existencia de otras averías o defectos ocultos. Dichas averías o defectos ocultos deben ser puestos en conocimiento del usuario en un plazo máximo de 48 horas indicando su importe. Solo podrá procederse a su reparación previa conformidad expresa del usuario.
5. Sobre las piezas, equipos o elementos que se pueden utilizar
Hay que subrayar que la normativa prohíbe de forma tajante a los talleres que se sustituyan piezas innecesariamente cuando esto incremente el coste para el usuario o cuando puedan degradar el vehículo.
En primer lugar, los talleres mecánicos deben utilizar elementos, piezas o conjuntos nuevos y adecuados al modelo de vehículo que se va a reparar. Existen algunas excepciones.
El cliente puede consentir por escrito que se instalen elementos, equipos o conjuntos reconstruidos o reacondicionados, conjuntos usados reconstruidos e incluso piezas usadas y no específicas del modelo de vehículo a reparar
Lógicamente, los talleres no pueden instalar piezas, elementos o conjuntos no permitidos por el Código de la Circulación.
Es importante igualmente destacar que a la finalización de la reparación el taller está obligado a entregar al cliente las piezas o elementos sustituidos salvo que el consumidor renuncie expresamente a ello.
Todas estas cuestiones se suelen detallar en un documento de entrega o justificante de depósito del vehículo que el taller debe entregar al consumidor cuando éste deja el vehículo en el establecimiento por lo que es esencial que el consumidor examine dicho documento de entrega para comprobar qué se está autorizando y que no.
6. Factura
Una vez terminada la reparación, el taller debe entregar por escrito una factura firmada y sellada en la que figuren desglosados los cargos devengados así como las actuaciones realizadas, piezas o elementos utilizados, horas de trabajo empleadas, etc… junto con los importes.
7. Gastos de estancia
Los talleres no pueden reclamar gastos de estancia salvo que después de hecho el presupuesto o reparado el vehículo no se proceda a la aceptación o no del presupuesto o a la retirada del vehículo en un plazo de tres días hábiles. Únicamente pueden aplicarse tales gastos cuando el vehículo esté en un local bajo custodia del taller y por los días que excedan de esos tres días hábiles.
8. Garantías
Todas las reparaciones e instalaciones llevadas a cabo en un taller están sujetas a una garantía legal que caduca a los tres meses o dos mil kilómetros desde la entrega del vehículo. Tratándose de vehículos industriales la garantía caduca a los quince días o dos mil kilómetros recorridos.
Producida una avería durante el período de garantía en la parte o partes reparadas, el taller debe reparar gratuitamente dicha avería.
A tales efectos resulta esencial siempre comprobar que la información de kilometraje que consta en el resguardo de depósito y en la factura se ajusten a la realidad y no sea estimaciones, ni cifras redondeadas, etc…
Lo anterior se entiende sin perjuicio de la garantía específica de las piezas incluidas en la reparación, en el caso de que sea superior.
La garantía quedará sin efecto en caso de que el vehículo sea manipulado o reparado por terceros.
La garantía es total, se refiere tanto a los materiales aportados como a la mano de obra y cubre todos los gastos que se pudieran ocasionar como los de transporte que la reparación exija, mano de obra, material, etc…
Como límite a esta garantía, el taller no será responsable de la avería sobrevenida en relación con la reparación o reparaciones anteriores cuando la misma sea consecuencia de que el usuario no haya aceptado la reparación de anomalías o averías ocultas debidamente comunicadas por el taller siempre que la falta de aceptación y la necesidad de reparación se hayan hecho constan en la factura.
CUESTIONES A TENER EN CUENTA
Recuerde pedir documentos. Al dejar el coche en el taller deben entregarle un resguardo de depósito en el que se indicarán las averías a reparar en conformidad a lo indicado por el cliente y, si se sabe, el precio de la reparación. En el caso de que se renuncie a presupuesto, el resguardo hará las labores de presupuesto. También tienen que darle factura de reparación con un plazo mínimo de garantía de 3 meses o 2.000 km.
Información de interés para consumidores
Fecha 03 marzo 2025