Las autoescuelas son los servicios utilizados por los ciudadanos que desean obtener el permiso de conducción. En ocasiones se generan conflictos, tanto en el momento de la contratación como en la ejecución del servicio, por lo que conviene tener en cuenta lo siguiente:
- Información precontractual:
El empresario debe informarnos previamente acerca de su identidad social y fiscal, su nombre comercial, teléfono y dirección completa, las características principales del servicio, los horarios y el precio total, incluyendo el IVA, importe de tasas y servicios adicionales. Debe informar sobre formas de finalizar el contrato, procedimiento de pago, tramitación de reclamaciones y el sistema extrajudicial de resolución de conflictos y por último darnos información sobre tipos de permisos existentes.
- Información y documentos que deben tener las autoescuelas a disposición del usuario
- Tener expuesta al público, en un lugar fácilmente accesible y visible, una copia de la autorización de apertura.
- Contar con el certificado de aptitud previa del personal directivo y docente.
- Asegurar que el programa de enseñanzas se ajusta al Reglamento General de Conductores.
- Informar sobre el régimen de convocatorias, sistemas de calificación y vigencia de las pruebas y ejercicios.
- Precios
Las autoescuelas son libres para determinar las cantidades que vayan a cobrar por sus servicios. El precio engloba conceptos tales como matrícula, tasas, clases teóricas, material didáctico, gestiones realizadas por la autoescuela, examen y clases prácticas
- Contratos
Toda escuela deberá suscribir con cada uno de sus alumnos un contrato de enseñanza en el que se especifiquen los derechos y obligaciones que se deriven del mismo, los contratos deben firmarse por las dos partes en todas las hojas y por duplicado quedándose un ejemplar la persona consumidora y otro la Autoescuela.
El contrato deberá cumplir los requisitos de concreción, claridad, sencillez y legibilidad, y no contener cláusulas abusivas. Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas no consentidas expresamente que causen un desequilibrio importante de los derechos de las personas consumidoras, existe un listado de cláusulas abusivas en la Ley de consumidores (RDLEG 1/2007)
Debe incluir una cláusula en la que se informe sobre las posibilidades de resolver el contrato.
En el caso de contratación de una autoescuela mediante un medio de comunicación a distancia (por internet, teléfono…) tendremos un periodo legal de catorce días naturales para desistir del contrato, sin necesidad de argumentar los motivos de la decisión, en este caso debe informarse en el contrato del derecho de desistimiento e incluir un modelo de desistimiento por si queremos anular el contrato.
- Facturas
Las autoescuelas están obligadas a expedir y entregar factura por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad profesional y deben adecuarse a los requisitos fiscales establecidos por la normativa vigente en cada momento.
Deben conservarse ya que sirven de prueba de que hemos contratado esos servicios y es fundamental para poder reclamar cualquier incumplimiento.
- Publicidad
La publicidad y edición de folletos publicitarios, las ofertas y demás servicios que ofrezca la autoescuela deben ajustarse a los principios de veracidad y objetividad, evitando la utilizando de términos engañosos, desleales o subliminales.
La publicidad debe informar tanto de los precios como de los servicios ofertados, y debe ser lo más clara posible, evitando inducir a error o engaño.
Es importante que guarde todos los folletos publicitarios, ya que la publicidad es vinculante y funciona como un contrato. Si en un anuncio, una autoescuela ofrece un determinado servicio con unas características, condiciones y precio, estos podrán ser exigidos por las personas consumidoras.
- Reclamaciones contra autoescuelas
Todas las autoescuelas deberán tener a disposición de sus clientes hojas de reclamaciones y cartel oficial que anuncia su existencia de manera permanente.
Del mismo modo, las personas consumidoras deberán tener acceso al contratar los servicios de una autoescuela a un número de teléfono y una dirección postal a la que dirigir cualquier queja o reclamación.
En el caso de que la reclamación no quede resuelta, las personas consumidoras podrán acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de Majadahonda en relación a reclamaciones que se susciten con autoescuelas del municipio, o a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios de la Comunidad de Madrid para el resto.
Si la autoescuela está adherida al arbitraje de consumo o lo acepta expresamente se podrá acudir esta vía legal para resolución de conflictos
Por último, si no acepta el arbitraje o la persona consumidora no desea someter el asunto a este sistema, se puede acudir a la vía judicial. En la actualidad con carácter previo a acudir a la citada vía judicial debe haberse pasado por un sistema de mediación previo. Se puede informar sobre trámites judiciales en los Servicios de Orientación Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid, pidiendo cita en el teléfono gratuito 900 814 815.