Primero: Beneficiarios.
Podrán optar a los premios, los emprendedores y las empresas que participen con sus proyectos y cumplan los requisitos definidos en la convocatoria, además de cumplir las siguientes condiciones:
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Tener plena capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, conforme a lo previsto en el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
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No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones, previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
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Hallarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la AEAT, el Ayuntamiento de Majadahonda y con la Seguridad Social.
Segundo: Objeto
El objeto de la presente convocatoria es reconocer y dar visibilidad a proyectos emprendedores con impacto en la economía local, fomentando una imagen positiva del emprendimiento como generador de riqueza y empleo y estimulando la creación de nuevos proyectos.
Tercero: Bases Reguladoras
Bases Reguladoras de los “Premios Majadahonda Emprende” Publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid Núm. 139, de fecha 12 de junio de 2025.
Cuarto: Cuantía
La cuantía máxima total de los premios asciende a 12.000,00 euros, consignados en la aplicación presupuestaria del área de Comercio del Ayuntamiento de Majadahonda, para el ejercicio 2025 (Rfª 009.4310.48002), repartido en los siguientes premios:
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Premio “Mejor Proyecto de Emprendimiento”
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Primer premio, dotado con 2.800 €
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Segundo premio, dotado con 2.000 €
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Tercer premio, dotado con 1.500 €
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Premio “Mejor StartUp”
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Primer premio, dotado con 2.500 €
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Segundo premio, dotado con 1.500 €
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Premio “Mejor Iniciativa Emprendedora”
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Primer premio, dotado con 1.000 €
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Segundo premio, dotado con 700 €
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Quinto: Plazo de presentación de solicitudes
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el 26 de septiembre de 2025
Documentos: